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Programa de Desarrollo Rural de Canarias 2014-2020

De conformidad con lo establecido por la normativa comunitaria, cada Programa de Desarrollo Rural debe designar las siguientes autoridades:

  • Autoridad de Gestión: podrá ser, o bien un organismo público o privado que actúe a escala nacional o regional, o el propio Estado miembro en caso de que desempeñe dicha tarea, que tendrá a su cargo la gestión del programa de que se trate.
  • Organismo Pagador: servicios u organismos de los Estados miembros responsables de la gestión y control de los gastos FEAGA y FEADER. (acreditado con arreglo al artículo 7 del Reglamento (UE) nº 1306/2013).
  • Organismo de Certificación: organismo auditor público o privado designado por el Estado miembro (con arreglo al artículo 9 del Reglamento (UE) nº 1306/2013).

En este contexto, para la gestión y control del Programa de Desarrollo Rural de Canarias 2014-2020, y, en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) nº 1305/2013, artículo 65, apartado 2, se han designado las siguientes Autoridades en el ámbito autonómico:

A lo anterior se une que, dado que en España se ha optado por la implementación del Fondo FEADER como un programa nacional y un conjunto de programas regionales, se han designado autoridades coordinadoras de ámbito nacional, que se describen a continuación:

Podrá ampliar la información de cada una de las autoridades detalladas, a través de los siguientes enlaces:

 

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