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Programa de Desarrollo Rural de Canarias 2014-2020

Normativa Comunitaria

  • Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2020 (2014/C 204/01).
  • Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional para 2014-2020 (2013/C209/01).
  • Mapa de ayudas regionales 2014-2020 (Ayuda estatal N' SA 38472 (2014/N).
  • Reglamento (CE) nº 659/1999 del Consejo de 22 de marzo de 1999, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE.
  • Reglamento (CE) nº 794/2004 de la Comisión del 21 de abril de 2004, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento CE) nº 659/1999 del Consejo por el que se establecen disposiciones de aplicación del art 93 del Tratado CE.
  • Reglamento (CE) nº 994/98 del Consejo de 7 de mayo de 1998, sobre la aplicación de los artículos 92 y 93 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea a determinadas categorías de Ayudas de Estado horizontales.
  • Reglamento (UE) nº 733/2013 del Consejo de 22 de julio de 2013, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 994/98 sobre la aplicación de los artículos 92 y 93 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea a determinadas categorías de ayudas estatales horizontales.
  • Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.
  • Reglamento (UE) nº 1408/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis en el sector agrícola.
  • Reglamento (UE) nº 360/2012 de la Comisión de 25 de abril de 2012, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis concedidas a empresas que prestan servicios de interés económico general.
  • Reglamento (UE) nº 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
  • Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

El elemento fundamental que regula el denominado Marco Estratégico Común es el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo.

En lo que respecta a la normativa de aplicación, se han publicado los siguientes Reglamentos Delegados y de Ejecución:

  • Reglamento Delegado (UE) nº 240/2014 de la Comisión de 7 de enero de 2014, relativo al Código de Conducta Europeo sobre las asociaciones en el marco de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.
  • Reglamento de Ejecución (UE) nº 184/2014 de la Comisión de 25 de febrero de 2014, que establece, con arreglo al Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, las condiciones aplicables al sistema de intercambio electrónico de datos entre los Estados miembros y la Comisión y la adopción, con arreglo al Reglamento (UE) nº 1299/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones específicas relativas al apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional al objetivo de cooperación territorial europea, de la nomenclatura relativa a las categorías de intervención del apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional a dicho objetivo.
  • Reglamento Delegado (UE) nº 480/2014 de la Comisión de 3 de marzo de 2014, que complementa el Reglamento (UE) no 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca.
  • Reglamento de Ejecución (UE) nº 215/2014 de la Comisión de 7 de marzo de 2014, por el que se establecen las modalidades de aplicación del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, en lo relativo a las metodologías de apoyo a la lucha contra el cambio climático, la determinación de los hitos y las metas en el marco de rendimiento y la nomenclatura de las categorías de intervención para los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.
    • Reglamento de Ejecución (UE) nº 1232/2014 de la Comisión de 18 de noviembre de 2014, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) nº 215/2014 de la Comisión, con el fin de adaptar al Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo sus referencias, y por el que se corrige el Reglamento de Ejecución (UE) nº 215/2014.
  • Reglamento de Ejecución (UE) nº 821/2014 de la Comisión de 28 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las modalidades concretas de transferencia y gestión de las contribuciones del programa, la presentación de información sobre los instrumentos financieros, las características técnicas de las medidas de información y comunicación de las operaciones, y el sistema para el registro y el almacenamiento de datos.
  • Reglamento de Ejecución (UE) nº 964/2014 de la Comisión de 11 de septiembre de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las condiciones generales para los instrumentos financieros.
  • Reglamento Delegado (UE) nº 2015/1076 de la Comisión de 28 de abril de 2015, por el que se establecen, de conformidad con el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, normas adicionales sobre la sustitución de un beneficiario y las responsabilidades correspondientes, y los requisitos mínimos que deberán constar en los acuerdos de asociación público-privada financiados por los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.
  • Reglamento de Ejecución (UE) nº 2015/207 de la Comisión de 20 de enero de 2015, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los modelos del informe de evolución, la presentación de la información sobre un gran proyecto, el plan de acción conjunto, los informes de ejecución para el objetivo de inversión en crecimiento y empleo, la declaración de fiabilidad, la estrategia de auditoría, el dictamen de auditoría y el informe de control anual y la metodología para llevar a cabo el análisis coste-beneficio, y de conformidad con el Reglamento (UE) nº 1299/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta al modelo de los informes de ejecución para el objetivo de cooperación territorial europea.
  • Reglamento Delegado (UE) n º 2015/1516 de la Comisión de 10 de junio de 2015, por el que se establece, de conformidad con el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, un tipo fijo para las operaciones financiadas por los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos en el sector de la investigación, el desarrollo y la innovación.
  • Reglamento Delegado (UE) 2015/1970 de la Comisión de 8 de julio de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con disposiciones específicas sobre la notificación de irregularidades respecto del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, del Fondo Social Europeo, del Fondo de Cohesión y del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.

 

La Política Agrícola Común (PAC) se enfrenta a una serie de retos en el nuevo periodo de programación 2014-2020, de diferente naturaleza, que invitan a la UE a realizar elecciones estratégicas para el futuro a largo plazo de su agricultura y zonas rurales. Para abordar estos retos de forma efectiva, la PAC debe inscribirse en el contexto de políticas económicas sólidas y finanzas públicas sostenibles que contribuyan a la consecución de los objetivos de la Unión.

Para ello, la futura PAC debe seguir siendo una política común fuerte, estructurada en dos pilares, que persigue los siguientes objetivos estratégicos:

  • Preservar el potencial de producción alimentaria sostenible en todo el territorio de la UE, a fin de garantizar a los ciudadanos europeos la seguridad alimentaria a largo plazo.
  • Apoyar a las comunidades agrícolas que suministran a los ciudadanos europeos productos alimentarios producidos de manera sostenible, para preservar el paisaje rural y combatir la pérdida de biodiversidad, a la vez que contribuye a la mitigación del cambio climático y a la adaptación a sus efectos.
  • Mantener comunidades rurales viables, en las que la agricultura es una actividad económica importante creadora de empleo local, ya que produce múltiples beneficios económicos, sociales, medioambientales y territoriales. Esto está relacionado con el equilibrio territorial.

En este contexto, la ayuda al desarrollo rural, incluidas las actividades en el sector alimentario, no alimentario y forestal, contribuirá a lograr los siguientes objetivos:

  1. Fomentar la competitividad de la agricultura;
  2. Garantizar la gestión sostenible de los recursos naturales y la acción por el clima;
  3. Lograr un desarrollo territorial equilibrado de las economías y comunidades rurales incluyendo la creación y conservación del empleo.

El Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) viene regulado, específicamente, por el Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo del 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº1698/2005 del Consejo, que establece las  normas generales que rigen la ayuda de la Unión al desarrollo rural (versión consolidada).

Este Reglamento ha sido modificado por los siguientes textos legales:

  • Reglamento Delegado (UE) nº 994/2014 de la Comisión de 13 de mayo de 2014, que modifica los anexos VIII y VIII quáter del Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo, el anexo I del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo y los anexos II, III y VI del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.
  • Reglamento Delegado (UE) nº 1378/2014 de la Comisión de 17 de octubre de 2014, que modifica el anexo I del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo y los anexos II y III del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.
  • Reglamento Delegado (UE) nº 2015/791 de la Comisión de 27 de abril de 2015, que modifica el anexo I del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.

En este contexto y, en lo que respecta a sus disposiciones de aplicación, se han publicado los siguientes Reglamentos Delegados y de Ejecución:

  • Reglamento Delegado (UE) nº 807/2014 de la Comisión de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondos Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), e introduce disposiciones transitoria.
    • Reglamento Delegado (UE) 2015/1367 de la Comisión de 4 de junio de 2015, que modifica el Reglamento Delegado (UE) nº 807/2014 en lo que atañe a las disposiciones transitorias de los programas de desarrollo rural 2007-2013.
  • Reglamento de Ejecución (UE) nº 808/2014 de la Comisión de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Finalmente, también deben tomarse en consideración los siguientes Reglamentos, que establecen disposiciones de transición entre periodos:

  • Reglamento (UE) nº 1310/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo del 17 de diciembre de 2013, que establece disposiciones transitorias relativas a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), modifica el Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a los recursos y su distribución en el ejercicio 2014 y modifica el Reglamento nº 73/2009 del Consejo y los Reglamentos (UE) nº 1307/2013, nº 1306/2013 y nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a su aplicación en el ejercicio 2014.
  • Reglamento de Ejecución (UE) nº 335/2013 de la Comisión de 12 de abril de 2013, que modifica el Reglamento (CE) nº 1974/2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

En lo que respecta a la regulación de la Política Agrícola Común (PAC) destaca el Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo del 17 de diciembre de 2013, sobre financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) nº 352/78, nº 165/94, nº 2799/98, nº 814/2000, nº 1290/2005 y nº 485/2008 del Consejo.

En lo que respecta a la normativa de aplicación, se han publicado los siguientes Reglamentos Delegados y de Ejecución:

  • Reglamento Delegado (UE) nº 640/2014 de la Comisión del 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al sistema integrado de gestión y control y las condiciones de denegación o retirada de los pagos y las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, la ayuda al desarrollo rural y la condicionalidad.
  • Reglamento de Ejecución (UE) nº 809/2014 de la Comisión de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.
  • Reglamento de Ejecución (UE) nº 834/2014 de la Comisión de 22 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del marco común de seguimiento y evaluación de la política agrícola común.
  • Reglamento de Ejecución (UE) nº 908/2014 de la Comisión de 6 de agosto de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con los organismos pagadores y otros organismos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, las normas relativas a los controles, las garantías y la transparencia.
  • Reglamento de Ejecución (UE) nº 1259/2014 de la Comisión de 24 de noviembre de 2014, relativo al reembolso, con arreglo al artículo 26, apartado 5, del Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de los créditos prorrogados del ejercicio 2014.
  • Reglamento de Ejecución (UE) nº 2015/583 de la Comisión de 13 de abril de 2015, por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 908/2014 en lo relativo a las declaraciones de gastos de los programas de desarrollo rural y la transparencia.
  • Reglamento (UE) nº 2015/1146 del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 de julio de 2015, que fija para el año civil 2015 el porcentaje de ajuste de los pagos directos previsto en el Reglamento (UE) nº 1306/2013.
  • Reglamento de Ejecución (UE) nº 2015/747 de la Comisión de 11 de mayo de 2015, por el que se establece una excepción al Reglamento de Ejecución (UE) nº 809/2014 en lo que se refiere a la fecha límite de presentación de la solicitud única, las solicitudes de ayuda o las solicitudes de pago, a la fecha límite para la notificación de las modificaciones de la solicitud única o de las solicitudes de pago y a la fecha límite de presentación de las solicitudes de asignación de derechos de pago o de incremento del valor de los derechos de pago en el marco del régimen de pago básico para el año 2015.
  • Reglamento Delegado (UE) nº 906/2014 de la Comisión de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe al gasto de intervención pública.
  • Reglamento Delegado (UE) nº 907/2014 de la Comisión de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, las garantías y el uso del euro.
  • Reglamento Delegado (UE) nº 2015/160 de la Comisión de 28 de noviembre de 2014 que modifica el Reglamento Delegado (UE) nº 907/2014, que completa el Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, las garantías y el uso del euro.
  • Reglamento Delegado (UE) nº 2015/1971 de la Comisión de 8 de julio de 2015 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con disposiciones específicas sobre la notificación de irregularidades respecto del Fondo Europeo Agrícola de Garantía y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1848/2006 de la Comisión.

En lo que respecta a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la PAC, especial mención refiere el Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo del 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) nº 637/2008 y (CE) nº 73/2009 del Consejo, que regula disposiciones comunes aplicables a los pagos abonados directamente a los agricultores y disposiciones específicas de los diferentes regímenes de ayuda.

Este Reglamento ha sido modificado por los siguientes textos legales:

  • Reglamento Delegado (UE) nº 1001/2014 de la Comisión de 18 de julio de 2014, que modifica el anexo X del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común.
  • Reglamento Delegado (UE) nº 2015/851 de la Comisión de 27 de marzo de 2015, que modifica los anexos II, III y VI del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común.

Además, en lo que respecta a la normativa de aplicación, se han publicado los siguientes Reglamentos Delegados y de Ejecución:

  • Reglamento Delegado (UE) nº 639/2014 de la Comisión de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común, y que modifica el anexo X de dicho Reglamento.
    • Reglamento Delegado (UE) nº 2015/1383 de la Comisión de 28 de mayo de 2015, que modifica el Reglamento Delegado (UE) nº 639/2014 en lo que atañe a las condiciones de admisibilidad vinculadas a los requisitos de identificación y registro de los animales, a los efectos de las ayudas asociadas previstas en el Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.
  • Reglamento de Ejecución (UE) nº 641/2014 de la Comisión de 16 de junio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la política agrícola común.

De otro lado se encuentra el Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007, por el que se establece la organización común de mercados de los productos agrarios.

En lo que respecta a la normativa de aplicación, se han publicado los siguientes Reglamentos Delegados y de Ejecución:

  • Reglamento Delegado (UE) nº 932/2014 de la Comisión de 29 de agosto de 2014, que establece, con carácter temporal, medidas excepcionales de ayuda a los productores de determinadas frutas y hortalizas y modifica el Reglamento Delegado (UE) nº 913/2014.
  • Reglamento Delegado (UE) nº (UE) 2015/1366 de la Comisión de 11 de mayo de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las ayudas al sector de la apicultura.
  • Reglamento de Ejecución (UE) nº 340/2014 de la Comisión de 1 de abril de 2014, que modifica el Reglamento (UE) nº 1272/2009 de la Comisión en lo que atañe a algunas normas sobre intervención pública de determinados productos agrícolas, de conformidad con el Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.

De otro lado, es necesario tomar en consideración, desde el punto de vista financiero, el Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 del Consejo de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020.

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