Instalación de jóvenes ganaderos y modernización de las explotaciones ganaderas |
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Publicación |
Orden de 13 de junio de 2008, por la que se convocan para el año 2008, las subvenciones destinadas a la instalación de jóvenes ganaderos y a la modernización de las explotaciones | |||
Dirección General |
Ganadería | |||
PDR Canarias |
Eje 1 |
Aumento de la competitividad del sector agrícola y forestal | Antecedente de Hecho 2º |
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Medida |
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Antecedente de Hecho 2º |
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Objeto |
Esta ayuda está destinada a promover el conocimiento y mejorar el potencial humano, así como reestructurar y desarrollar el potencial físico y promover la innovación | |||
Actividad subvencionable |
Instalación de Jóvenes |
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Base 1.2 Anexo II |
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Modernización de las explotaciones |
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Base 1.2 Anexo III |
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Gastos subvencionables |
Instalación de Jóvenes |
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Base 1.3 Anexo II
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Modernización |
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Base 1.3 Anexo III |
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Sujetos Beneficiarios |
Personas físicas y jurídicas titulares de explotación ganadera, ubicadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, debiendo tener, en el caso de que se trate de una persona jurídica, como actividad principal, la agraria | Base 2.1 |
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Requisitos |
Generales |
Base 2.1 |
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Específicos |
Instalación de Jóvenes (ej. mayor de 18 años y menor de 40…) | Base 2 Anexo II |
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Modernización de las explotaciones | Base 2 Anexo III |
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Cumplimiento de las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales | Base 2.2 |
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Cuantía |
Instalación de jóvenes |
Total |
1.262.657,70 € | Base 3.2 |
Máx/subvención |
33.000,00 € | |||
Modernización |
Total |
2.826.201,30 € | ||
Máx/subvención |
250.000,00 € | |||
Plazo |
Inicio |
11 de junio de 2008 | Base 3.1 |
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Fin |
11 de julio de 2008 de 2008 | |||
Documentación exigida |
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Base 3.3 |
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Instalación de Jóvenes | Base 4.2 Anexo II |
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Modernización de las explotaciones | Base 4.2 Anexo III |
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Modelo Solicitud |
Se encuentra recogido en los Anexos de las Bases de la Convocatoria | Link BOC |
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Lugar de presentación |
Registro/s de Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias | Base 4.1
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Agencias de Extensión Agraria | ||||
Demás registros autorizados por Real Decreto 167/1994, de 29 de julio | ||||
Órgano instructor |
Dirección General de Ganadería de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias | Base 4.2 |
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Órgano que resuelve |
Dirección General de Ganadería de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias | Base 4.5 |
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Concesión |
Criterios |
Instalación de jóvenes | Base 5 Anexo II |
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Modernización de las explotaciones agrícolas | Base 5 Anexo III |
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Procedimiento | Base 4 |
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Condiciones | Base 5 |
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Plazo Resolución |
Como máximo, 30 de septiembre de 2008 | Base 4.5 |
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Plazo de Justificación |
La acreditación del empleo de los fondos públicos en la realización de la actividad o conducta subvencionada se establecerá en la Resolución de concesión, sin que pueda superar en ningún caso el 21 de noviembre de 2008 | Base 8.2 |
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Modo de Abono |
Con carácter general, se abonarán una vez que el beneficiario acredite, sin necesidad de requerimiento previo, la finalización de la obra o actividad objeto de la subvención | Base 6 y 7 |
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En condiciones especiales cabe el abono anticipado | ||||
Obligaciones |
Beneficiarios | Base 9 |