Organización de actuaciones de formación para el sector ganadero |
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Publicación |
Orden de 31 de enero de 2008 por la que se convocan para el año 2008. las subvenciones destinadas a la organización de actuaciones de formación para el sector ganadero | ||
Dirección General |
Ganadería | ||
PDR Canarias |
Eje 1 |
Aumento de la competitividad del sector agrícola y forestal | Antecedente de Hecho 2º |
Medida |
Acciones de información y formación profesional, incluida la divulgación de conocimientos científicos y prácticas innovadoras (111) | Antecedente de Hecho 2º |
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Objeto |
Esta subvención está destinada a promover el conocimiento y mejorar el potencial humano | ||
Actividad subvencionable |
Organización de actuaciones de formación para el sector ganadero, realizadas por los beneficiarios recogidos en la Base 1.2. |
Base 1.1 |
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Gastos subvencionables |
Profesorado (coste, desplazamiento, dieta, alojamiento…) | Base 1.2 |
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Material didáctico y documental, material de difusión y certificación | |||
Ganaderos trasladados | |||
Transporte colectivo | |||
Sujetos Beneficiarios |
Personas adultas que trabajen en el sector agrario, organizados por organizaciones profesionales agrarias, entidades asociativas agrarias y de federaciones de éstas, y otras asociaciones sin ánimo de lucro y que se efectúen desde el 1 de enero de 2008. | Base 1.2 |
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Requisitos |
Cursos de formación |
Base 1.3 -4 |
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Beneficiarios
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Base 2 |
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Cuantía |
Se destinan créditos por importe de 550.000 €, subvencionando el 100% de los gastos de la Base 1 |
Base 3.2 |
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Plazo |
Inicio |
10 de mayo de 2008 (modificada el 9 de mayo) | Base 4.3 |
Fin |
27 de mayo de 2008 (modificada el 9 de mayo) | ||
Documentación exigida |
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Base 4.1
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Si se encuadra en la medida 322- documentación que acredite la declaración de Bien de Interés Cultural del patrimonioHistórico Canario | |||
Si se encuadra en la medida 3231- documentación que acredite que el proyecto se desarrolla en espacios naturales protegidos según DL 1/2000 | |||
Modelo Solicitud |
Se encuentra recogido en los Anexos de las Bases de la Convocatoria | Link BOC |
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Lugar de presentación |
Registro/s de Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias | Base 6.1 |
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Agencias de Extensión Agraria | |||
Demás registros autorizados por Real Decreto 167/1994, de 29 de julio | |||
Órgano instructor |
Dirección General de Ganadería de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias | Base 6.2 |
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Órgano que resuelve |
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Gobierno de Canarias | ||
Concesión |
Criterios |
Base 5 |
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Procedimiento | Base 6 |
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Condiciones | Base 7 |
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Plazo Resolución |
Como máximo, 30 de septiembre de 2008 | Base 6.3 |
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Plazo de Justificación |
La acreditación del empleo de los fondos públicos en la realización de la actividad o conducta subvencionada debe realizarse antes del 10 de diciembre de 2008 | Base 10.2 |
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Modo de Abono |
Con carácter general, se abonarán una vez que el beneficiario acredite, sin necesidad de requerimiento previo, la finalización de la obra o actividad objeto de la subvención | Base 8 y 9 |
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Obligaciones |
Beneficiarios | Base 11 |